Tal como es de su conocimiento, mediante Ley N° 29497 (publicada el 15.01.10), se aprobó la Nueva Ley Procesal del Trabajo, que modifica el proceso laboral consagrando los principios de inmediación, oralidad, concentración, celebridad, economía procesal y veracidad.
Por Resolución Administrativa N° 232-2010-CE-PJ (publicada el 07.07.10) se ha establecido el cronograma de implementación de la mencionada Ley para el año 2010, del modo siguiente:
- Distrito Judicial de Tacna: a partir del 15 de julio de 2010
- Distrito Judicial de Cañete: a partir del 16 de agosto de 2010
- Distrito Judicial de La Libertad: a partir del 1 de setiembre de 2010
- Distrito Judicial de Arequipa: a partir del 1 de octubre de 2010
- Distrito Judicial de Lambayeque: a partir del 2 de noviembre de 2010
En los Distritos Judicial no mencionados (incluyendo Lima) se continuará aplicando lo establecido en la Ley Procesal Laboral anterior (Ley N°26636) hasta que se establezcan las fechas para su implementación.
Asimismo, mediante Resolución Administrativa N°198-2010- CE-PJ (publicada el 07.07.10) se han aprobado los formatos de demanda laboral ante los Juzgados de Paz Letrados y los Juzgados Especializados con competencia en materia laboral, que serán de aplicación en los Distritos Judiciales mencionados, para los casos de obligaciones de dar suma de dinero cuyo monto no supere las setenta (70) unidades de referencia procesal (URP). En la actualidad, el monto de la URP es S/. 360.00.
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