June 21st, 2010Feriados no laborables durante el año 2010
Tal como les indicamos en nuestro Memorandum Laboral de fecha 16 de febrero de 2010, por Decreto Supremo N° 026-2010-PCM, se declaró días no laborables a nivel nacional para los trabajadores del Sector Público los días lunes 28 de junio, viernes 30 de julio, viernes 24 de diciembre y viernes 31 de diciembre de 2010.
Los empleadores del Sector Privado pueden acogerse a los feriados, acordando con sus trabajadores la forma en que se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar; a falta de acuerdo decidirá el empleador.
Para fines tributarios y administrativos, los días declarados como no laborables serán considerados hábiles.
Quedamos de ustedes para absolver cualquier duda y/o consulta que pudiese surgir.
Para mayor información sobre el tema tratado contactarse con los abogados de nuestra Área Laboral:
Alberto Varillas Cueto avarillas@garciasayan.com.pe
Jaime Durand Planas jdurand@garciasayan.com.pe
Macarena Morales Mailhe mmorales@garciasayan.com.pe
Daniel de la Vega Zavala ddelavega@garciasayan.com.pe
June 22nd, 2010 at 11:19 am
Buenas tardes, agradeceré tengan a bien absolverme dos consultas:
Soy, Empleado Público sujeto al Régimen laboral del D. Leg. 276, en tal sentido, al amparo de esta ley específicamente del art. 20 inc. k puedo acumular 4 años de estudios profesionales a mi tiempo de servicios.
Y la segunda es saber a cuánto asciende la asignacion familiar para el sector público pues considero un burla que se nos esté entregando solamente 3 soles por dicho concepto.
Atte.
JUan Luis Vidal:.
Respuesta:
La posibilidad de acumulación se recoge en el inciso k) del artículo 24° del D. Leg N° 276 y consiste en acumular a su tiempo de servicios hasta cuatro años de estudios universitarios después de quince años de servicios efectivos.
GARCÍA SAYÁN ABOGADOS