FERIADOS NO LABORABLES 2010 PARA EL SECTOR PÚBLICO

Mediante Decreto Supremo No.026-2010-PCM (El Peruano 16.02.10) el Gobierno ha declarado como días feriados no laborables a nivel nacional para el sector público los días:

1. Lunes 28 de junio
2. Viernes 30 de julio
3. Viernes 24 de diciembre
4. Viernes 31 de diciembre

Al igual que en años anteriores, los centros de trabajo del Sector Privado podrán acogerse a los feriados señalados, previo acuerdo del empleador con sus trabajadores.

Las horas dejadas de laborar con ocasión de los feriados, serán compensadas en jornadas de recuperación en la oportunidad que establezca el empleador o el titular de la entidad pública, respectivamente.

Por efectos del Decreto de Urgencia 099-2009, estos días feriados serán considerados como días hábiles para el cómputo de los plazos administrativos

Para mayor información sobre el tema tratado contactarse con los abogados de nuestra Área Laboral:

Alberto Varillas Cueto              avarillas@garciasayan.com.pe
Jaime Durand Planas               jdurand@garciasayan.com.pe
Macarena Morales Mailhe      mmorales@garciasayan.com.pe
Daniel de la Vega Zavala         ddelavega@garciasayan.com.pe