Mediante R.M. 096-2010-MEM-DM publicado el 4 de marzo del 2010 en el Diario Oficial el Peruano, se actualizó el Inventario Inicial de Pasivos Ambientales Mineros aprobado mediante R.M. No. 290-2006-MEM/DM.
Cabe señalar, que dicho inventario se encuentra a la fecha publicado en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe).
Para mayor información sobre el tema tratado contactarse con los abogados de nuestra Área Minero – Ambiental.
Diego Grisolle Fontana dgisolle@garciasayan.com.pe
Samuel Vaisman Yalta svaisman@garciasayan.com.pe
Paula Maldonado Hernández pmaldonado@garciasayan.com.pe
María Soledad Gastañeta msgastaneta@garciasayan.com.pe
José Luis Agreda jagreda@garciasayan.com.pe
En el marco de las políticas de modernización y facilitación de la atención al ciudadano establecidas por la Presidencia de la República, se ha considerado simplificar el TUO del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo No. 061-2006-EM y demás modificatorias, disponiendo que se eliminen los derechos de tramitación de diversos procedimientos, así como la reducción de plazos de trámite y/o atención de diversos procedimientos administrativos.
Entre las principales modificaciones contenidas en la Resolución Ministerial No. 068-2010-MEM/DM, podemos destacar las siguientes:
1. Eliminación de procedimientos administrativos en el TUPA:
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Dirección u Oficina General
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Denominación
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Dirección General de Hidrocarburos
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Transferencia de Autorización
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Oficina General de Planeamiento y Presupuesto
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Aprobación sectorial para el trámite de inscripción y/o renovación en el registro de ONG Perú
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2. Eliminación de pagos por derechos de tramitación y otros pagos en el TUPA:
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Dirección u Oficina General
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Denominación
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Dirección General de Electricidad
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Calificación de Central de Cogeneración
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Dirección General de Hidrocarburos
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Admisión Temporal- Visación del cuadro de Insumo Producto “Tráfico de Perfeccionamiento Activo – Reposición de Mercancía en Franquicia”
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Dirección General de Hidrocarburos
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Aprobación de Plan de Contingencia para el manejo de explosivos en operaciones petroleras.
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Dirección General de Hidrocarburos
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Extinción de servidumbre a pedido de parte.
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Dirección General de Minería
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Autorización de Operación/ Beneficio de Minerales de Productor Minero Artesanal
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Dirección General de Minería
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Aprobación de Inversión en Infraestructura de Servicio Público
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Dirección General de Minería
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Visación del Cuadro Insumo Producto para Admisión Temporal
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Dirección General de Minería
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Visación del Cuadro de Coeficiente de Insumo Producto – Tráfico de perfeccionamiento activo reposición de mercancía en franquicia
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Procedimientos Comunes
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Acceso a la Información Pública (Cuando la información sea enviada vía correo electrónico a solicitud del peticionante)
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3. Reducción de plazos en procedimientos administrativos.
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Dirección u Oficina General
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Denominación
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Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos
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Inscripción en el Registro de Entidades autorizadas a realizar Estudios de Impacto Ambiental
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Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos
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Renovación de inscripción en el Registro de Entidades autorizadas a realizar Estudios de Impacto Ambiental
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Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos
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Modificación del Registro de Entidades autorizadas a realizar Estudios de Impacto Ambiental
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Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros
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Inscripción en el Registro de Entidades autorizadas a realizar Estudios de Impacto Ambiental.
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Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros
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Renovación de inscripción en el Registro de Entidades autorizadas para elaborar Estudios de Impacto Ambiental
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Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros
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Modificación del Registro de Entidades autorizadas para elaborar Estudios de Impacto Ambiental (incluye actualización de datos).
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Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros
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Inscripción en el Registro de Entidades autorizadas para elaborar Planes de Cierre de Minas
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Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros
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Renovación de inscripción en el Registro de Entidades autorizadas para elaborar Planes de Cierre de Minas
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Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros
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Modificación del Registro de Entidades autorizadas para elaborar Estudios de Impacto Ambiental (incluye actualización de datos).
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Cabe señalar que el Anexo No. 1 de citada norma, contiene las precisiones respecto de las modificaciones efectuadas a cada procedimiento, y será publicado en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas -PSCE (www.serviciosalciudadano.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe).
Para mayor información sobre el tema tratado contactarse con nuestros abogados del Área Minero-Ambiental:
Diego Grisolle Fontana dgisolle@garciasayan.com.pe
Samuel Vaisman Yalta svaisman@garciasayan.com.pe
Paula Maldonado Hernández pmaldonado@garciasayan.com.pe
María Soledad Gastañeta msgastaneta@garciasayan.com.pe
Modifican el Proceso de Participación Ciudadana en el Subsector Minero
Mediante Resolución Ministerial No. 009-2010-MEM/DM, se modifican los artículos 11° y 27° de las Normas que Regulan el Proceso de Participación Ciudadana en el Sector Minero, dejando sin efecto los anteriores, aprobados por Resolución Ministerial No. 304-2008-MEM/DM, a fin de regular la participación ciudadana y su implementación en las diferentes etapas.
Entre las modificaciones efectuadas, podemos destacar lo siguiente:
1.- Del procedimiento para modificar el EIAsd de exploración Categoría II – Artículo 11:
- Según lo establecido en el Artículo 11 de la Resolución, para solicitar la aprobación de una modificatoria en el Estudio de Impacto Ambiental Semi-detallado (EIAsd) debe incluir por lo menor un taller participativo a realizarse en la etapa de evaluación del estudio, en coordinación con la autoridad regional. Asimismo, la modificación deberá ser puesta a disposición de la población involucrada, conforme al procedimiento señalado por el Artículo 5 de las Normas de Participación Ciudadana debiéndose publicar en la página web de la autoridad competente, conforme al Artículo 6 de las mismas normas.
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Proyecto “Planta de Ácido Sulfúrico y Modificación del Circuito de Cobre” - Reglamentan la Ley No. 29410
Mediante el D.S. No. 075-2009-EM se establecen las disposiciones que reglamentan la culminación del Proyecto “Planta de Ácido Sulfúrico y Modificación del Circuito de Cobre”, en relación al proceso de descontaminación ambiental de La Oroya.
La Ley No.29410 otorgo un plazo máximo improrrogable de diez (10) meses para el financiamiento del Proyecto y entrada en operación del complejo metalúrgico, y un plazo máximo adicional improrrogable de veinte (20) meses para la construcción y puesta en marcha del Proyecto.
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Reglamento de la Ley No. 28029 - Uso del Agua en Proyectos Especiales Entregados en Concesión
Por D.S. No.022-200-AG se aprobó el Reglamento de la Ley No. 28029, con lo cual quedo derogado el anterior reglamento aprobado por D.S. No. 018-2005-AG. El Reglamento regula el uso de agua en el ámbito de los Proyectos Especiales de Irrigación e Hidroenérgeticos cuyas nuevas obras de infraestructura hidráulica que se entreguen en concesión para fines de irrigación, de conformidad con la Ley No. 28029.
El mencionado Decreto Supremo establece, además, que de acuerdo a lo establecido en la Ley de Recursos Hídricos los concesionarios de las nuevas obras de infraestructura hidráulica a los que hace referencia la Ley No. 28029 serán titulares de la licencia de uso de agua en bloque para fines agrícolas de acuerdo a lo que estable el Reglamento, pero respetándose los derechos de agua reconocidos de conformidad con la normatividad vigente. Los derechos de uso de agua con fines no agrícolas se regirán de acuerdo a las normas correspondientes.
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Agricultura, Agriculture, Agua, Electricidad, General, Medio Ambiente, Minería, Mining, Natural Resources, Recursos Naturales, Water
Aprueban Escala de Multas coercitivas aplicable para la Supervisión y Fiscalización de las Actividades Mineras
Por Resolución de Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN No. 230-2009-OS/CD se aprobó la Escala de Multas coercitivas aplicable para la Supervisión y Fiscalización de las Actividades Mineras e incorporar en el Anexo 4 de la Resolución de Consejo Directivo No. 054-2004-OS/CD.
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Aprueban Tipificación de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones para las actividades de exploración minera y para las Actividades de Explotación Minera por no contar con el Estudio de Impacto Ambiental y otras autorizaciones
Por Resolución de Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN No. 211-2009-OS/CD se aprobó la Tipificación de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones para las actividades de exploración y explotación minera por no contar con el Estudio de Impacto Ambiental y/o las autorizaciones correspondientes, regulados por la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental y su reglamento, Ley General del Ambiente, D.S. No. 020-2008-EM, R.M. No. 011-96-EM/VMM, R.M. No. 315-96-EM/VMM y R.M. 167-2008-MEM/DM.
La referida Resolución señala en su Anexo 1, enérgicas multas y sanciones para las actividades de exploración minera, las cuales se clasifican en pecuniarias y no pecuniarias, siendo que las pecuniarias van desde 5 UIT hasta 10,000 UIT, contando con tres rubros tipificados:
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Guía de Participación Ciudadana en el Sub Sector Hidrocarburos
Con el objetivo de facilitar la comprensión del Reglamento de Participación Ciudadana, sus lineamientos y alcances, la Oficina General de Gestión Social del Ministerio de Energía y Minas ha preparado la Guía de Participación Ciudadana en el sub sector Hidrocarburos.
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LATINLAWYER Online reference section - Oil and Gas 2009
Questionnaire
Alberto Varillas
Published in Latin Lawyer July 2009 (www.latinlawyer.com/article.php?id=14673)
- What is the legislation applicable to oil and gas activities in your country? Is it federal or state legislation, or both?
Peru is a country with a unitary and civil code. Laws have a national coverage, leaving only certain specific topics to be regulated by the regional or municipal governments.
The oil and gas activities are mainly ruled by the Hydrocarbons Organic Law (Law No.26221) and other laws and regulations dealing with the promotion of the domestic and industrial use of gas, exploration and production, environmental matters, tax stability, marketing, citizens’ participation, etc. Specific laws like the Law for the Development of the Natural Gas Industry (Law No.27133) and the Law to Promote the Investment in Natural Gas Processing Plants (Law No.28176), grants some of the benefits covered by the exploration and production regulations. (See question 13 relating to separate regulation for exploration and production.)
- Are oil and gas activities carried out by the state or a state-owned agency?
Oil and Gas activities are open to private companies. The government participates in the market thru two state-owned companies: Perupetro SA and Petroperu SA. Perupetro S.A. is the state agency in charge of promoting and executing exploration and production contracts; it also audits the compliance of such contracts. Petroperu SA acts as a regular oil company; it operates several refineries (mainly the one located in Talara, on the northwest coast, the second largest in the country), service stations and the North Peruvian Pipeline. In recent years, Petroperu SA has returned to the exploration activities by signing one license contract and some technical evaluation agreements with Perupetro SA, although the oil and gas activities is still mainly controlled by private companies. Read the rest of this entry »
Rules for the Drafting of Master Plans for Natural Protected Areas
Supreme Decree Nº 008-2009-MINAM, published on April 24 2009, established the Regulations for the Drafting of the Natural Protected Area’s Master Plan.
The main aspects of the above mentioned Supreme Decree are related to the approval and elaboration process of the Master Plans, establishing that such duty corresponds to the National Service of Natural Protected Areas – SERNANP - ; whereas in case of the Regional Conservation Areas, the Regional Government will be in charge but always with the previous favourable opinion of SERNANP.
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