Por Ley N° 29714, se ha prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2014 la vigencia de la Ley N° 29351, que establece que las gratificaciones legales de Fiestas Patrias y Navidad no se encuentran afecta a aportaciones, contribuciones ni descuentos, excepto los establecidos por ley (caso del Impuesto a la Renta) o los autorizados por el trabajador.
Asimismo, de acuerdo con las normas mencionadas, el monto que los empleadores deben abonar por concepto de aportes a la Seguridad Social (ESSALUD) en relación con dichas gratificaciones continuará siendo pagados directamente a los trabajadores como Bonificación Extraordinaria de carácter temporal no remunerativo ni pensionable.