Compensación por Tiempo de Servicios – Deposito 15 de mayo

 Les recordamos que, de conformidad con lo establecido en el artículo 22° del Texto Único Ordenado de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), aprobado por Decreto Supremo N° 001-97-TR, la CTS del semestre noviembre 2009 – abril 2010 deberá ser abonada en la primera quincena del presente mes.

El monto del depósito es equivalente a tantos dozavos de la remuneración computable (equivalente a la remuneración ordinaria más 1/6 de la gratificación de julio 2009 y de otros conceptos periódicos), percibida por el trabajador en el mes de abril pasado como meses completos haya laborado en el semestre noviembre 2009 – abril 2010. La fracción de mes se deposita por treintavos.

Asimismo, les reiteramos lo indicando en nuestro Memorandum Laboral de fecha 5 de mayo de 2009, respecto a la variación de los porcentajes de disponibilidad de los depósitos por parte de los trabajadores:

Mes del depósito Porcentaje de disponibilidad del depósito efectuado
Mayo 2010 40%
Noviembre 2010 30%
Mayo 2011 a fecha de cese Hasta 70% del excedente de seis remuneraciones brutas

Quedamos de ustedes para absolver cualquier duda y/o consulta que pudiese surgir. 

Para mayor información sobre el tema tratado contactarse con los abogados de nuestra Área Laboral:
Alberto Varillas Cueto                 avarillas@garciasayan.com.pe
Jaime Durand Planas                   jdurand@garciasayan.com.pe
Macarena Morales Mailhe          mmorales@garciasayan.com.pe
Daniel de la Vega Zavala             ddelavega@garciasayan.com.pe


You can follow any responses to this entry through the RSS 2.0 feed.
You can leave a response, or create a trackback from your own site.

There are no comments yet, be the first to say something


Leave a Reply

XHTML: You can use these tags: <a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <strike> <strong>