Infracciones y Escala de Multas y Sanciones Ambientales para la Minería

Aprueban Tipificación de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones para las actividades de exploración minera y para las Actividades de Explotación Minera por no contar con el Estudio de Impacto Ambiental y otras autorizaciones

Por Resolución de Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – OSINERGMIN No. 211-2009-OS/CD se aprobó la Tipificación de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones para las actividades de exploración y explotación minera por no contar con el Estudio de Impacto Ambiental y/o  las autorizaciones correspondientes, regulados por la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental y su reglamento, Ley General del Ambiente, D.S. No. 020-2008-EM, R.M. No. 011-96-EM/VMM, R.M. No. 315-96-EM/VMM y R.M. 167-2008-MEM/DM.

La referida Resolución señala en su Anexo 1, enérgicas multas y sanciones para las actividades de exploración minera, las cuales se clasifican en pecuniarias y no pecuniarias, siendo que las pecuniarias van desde 5 UIT hasta 10,000 UIT, contando con tres rubros tipificados:

- Autorizaciones antes del inicio de actividades de exploración.

- Obligaciones para el desarrollo de actividades de exploración.

- Obligaciones de cierre.

Cabe señalar, que de acuerdo a los rubros mencionados, consideramos entre aquellas infracciones, las principales señaladas a continuación:

Tipificación de Infracción

Sanción Pecunaria

Sanción No Pecunaria

Actividades de cateo y prospección sin contar con la autorización del titular y/o entidad competente.

Hasta 50 UIT

Suspensión temporal de las actividades.

Inicio de actividades de exploración sin contar con la aprobación de los correspondientes estudios ambientales o su modificación.

Hasta 2,000 UIT

Suspensión Definitiva de Actividades – Paralización de Obra.

Inicio de actividades de exploración sin contar con las licencias, permisos y autorizaciones correspondientes.

Hasta 50 UIT

Suspensión Definitiva de Actividades – Suspensión temporal de actividades.

No comunicar el inicio / reinicio de actividades de exploración.

Hasta 20 UIT

Suspensión temporal de actividades.

No realizar monitoreos continuos en los efluentes y en los cuerpos receptores contemplados en los estudios ambientales.

Hasta 150 UIT

Suspensión temporal de actividades.

Poner en marcha una planta piloto no contemplada en los estudios ambientales.

Hasta 10,000 UIT

Suspensión temporal de actividades.

No comunicar las modificaciones a los estudios ambientales.

Hasta 150 UIT

 –

No proteger y conservar las especies de flora y fauna.

Hasta 10,000 UIT

Suspensión Definitiva de las actividades.

No presentar Plan de Cierre de Minas.

Hasta 10,000 UIT

 –

No cumplir con el programa de revegetación y recuperación de suelos.

Hasta 10,000 UIT

 –

Asimismo, dicha Resolución señala en su Anexo 2, multas y sanciones para las actividades de explotación minera, las cuales se clasifican en pecuniarias y no pecuniarias, siendo que las pecuniarias van desde 3,900 UIT hasta 10,000 UIT, contando con dos rubros tipificados:

- Incumplimiento de normas sobre certificación ambiental.

- Incumplimiento de normas sobre autorizaciones para concesiones de beneficio.

Cabe señalar, que de acuerdo a los rubros mencionados, consideramos entre aquellas infracciones, las principales señaladas a continuación:

Tipificación de Infracción

Sanción Pecunaria

Sanción No Pecunaria

No contar con estudio de impacto ambiental.

Hasta 10,000 UIT

Suspensión definitiva de actividades.

No contar con autorización de construcción.

Hasta 10,000 UIT

Suspensión definitiva de actividades – Suspensión temporal de actividades.

No contar con autorización de funcionamiento.

Hasta 3,900 UIT

Suspensión definitiva de actividades – Suspensión temporal de actividades.

Para mayor información sobre el tema tratado contactarse con los abogados de nuestra Área Minero – Ambiental.

Diego Grisolle Fontana                                    dgisolle@garciasayan.com.pe

Samuel Vaisman Yalta                                     svaisman@garciasayan.com.pe

Paula Maldonado Hernández                         pmaldonado@garciasayan.com.pe             

María Soledad Gastañeta                                msgastaneta@garciasayan.com.pe


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